El último, corresponde a julio del año pasado. Y fue presentado recién el 1 de diciembre. Un incumplimiento a la Carta Orgánica Municipal.

La Municipalidad de Trelew adeuda balances mensuales desde agosto del 2025. El dato surge de los fundamentos incluidos en el proyecto de Comunicación que presentó el concejal de “Libertad y Compromiso”, Rubén Cáceres, quien pidió al Ejecutivo “rendir cuentas”, como está estipulado en la Carta Orgánica Municipal.

El edil expuso que el 1 de diciembre del año pasado fue presentado, por parte del Municipio, el balance correspondiente a julio del 2025.

“Como puede apreciarse -al 26 de febrero del presente año- se verifica una mora de más de 6 meses en el incumplimiento de las obligaciones claramente establecidas tanto en la Carta Orgánica como en la Ordenanza de Contabilidad, lo que constituye un retraso inadmisible en atención a la importancia de transparentar en forma permanente la marcha de las cuentas públicas”, escribió el legislador.

Precisó en la nota ingresada al Concejo Deliberante esta semana que “no es ocioso recordar que es obligación del gobierno municipal rendir cuentas comprendiendo deberes ineludibles a cargo de los funcionarios de informar, explicar y justificar sus decisiones, acciones y uso de recursos ante la ciudadanía y órganos de control, en este caso el Concejo Deliberante”.

Es prioridad, argumentó el concejal, “prevenir abusos, asegurar la transparencia, fomentar la participación social y fortalecer la democracia”.

Cáceres ingresó un proyecto de Comunicación para solicitar al Ejecutivo los balances faltantes en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 28:16 de la Carta Orgánica Municipal y el Artículo 61 de la Ordenanza de Contabilidad n.° 6370/97. La documental deberá presentarse en los plazos establecidos legalmente.

La CO fija que el Municipio debe confeccionar mensualmente en forma clara y detallada el Balance de Tesorería, presentarlo al Concejo y publicarlo dentro de los 10 primeros días del mes siguiente.

También la Ordenanza 6370 prevé mensualmente confeccionar, antes del 15 de cada mes, el estado mensual de ejecución de presupuesto el que deberá ser remitido al Tribunal de Cuentas Municipal, en cumplimiento de los artículos 12 y 13 de la Ordenanza 4252, con copia al Concejo Deliberante.

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