La justicia desestimó un habeas corpus y avaló cupo de ingreso de pasajeros al país

Los jueces Hernán López y Ricardo Matías Pinto de la Cámara del Crimen descartaron -mediante un fallo-, la denuncia que había presentado una pareja solicitando un habeas corpus porque debido al cupo diario de pasajeros, establecido por Nación, que pueden ingresar al país, no podían retornar.

Argumentaron que era una restricción de sus derechos constitucionales y exigían el regreso inmediato por cuestiones de trabajo y porque debían asistir a sus padres por problemas de salud.

La justicia avaló el límite impuesto por el gobierno nacional de 900 personas para ingresar a Argentina como pasajeros por la pandemia de coronavirus.

“Limitar el ingreso por un período de tiempo de momento limitado e ir ampliado en forma paulatina la cantidad de personas constituye una restricción razonable y proporcional para los fines expuestos”, afirmaron los jueces.

En el fallo destacaron que “los accionantes alegaron que sus padres padecen de hipertensión y asma -circunstancias que no acreditaron- y que se afecta su derecho al trabajo, circunstancias que no revelan urgencia alguna que amerite excepcionar el marco general que contempla la norma”, destinada a retener el ingreso de la variante Delta de COVID-19.

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