La medida se impondrá por un año. Prevé la caída de beneficios impositivos ante cualquier incumplimiento.

El Gobierno provincial girará en breve a Legislatura un proyecto de ley de alivio fiscal e incentivo para la construcción de viviendas, medida que, una vez implementada, tendrá vigencia hasta mediados del próximo año.

La iniciativa consiste en la exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la construcción, reforma y reparación de edificios residenciales; instalaciones de gas, agua, sanitarios y climatización con sus respectivos dispositivos conexos; instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística; y terminación y revestimiento de paredes y pisos.

La propuesta contempla exenciones de hasta el 100% en el Impuesto de Sellos, según la cantidad de empleados y magnitud de la inversión.

El proyecto de ley elevado por el Ejecutivo provincial a la Legislatura dispone “el otorgamiento de beneficios fiscales, por el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos para la actividad de construcción destinada principalmente a viviendas familiares o edificios residenciales a construirse o ampliarse en Chubut, a partir de la entrada en vigor de la presente”.

Asimismo, la iniciativa establece una exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos “para los contribuyentes de Convenio Multilateral y del Acuerdo Interjurisdiccional, inscriptos en la jurisdicción de Chubut, o contribuyentes directos de la misma” para las actividades incluidas en el Nomenclador de Actividades Económicas (NAES), tales como “Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales (410011)”; “Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos (432200)”; “Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística (433010)”; “Terminación y revestimiento de paredes y pisos (433020)”, entre otras.

El documento indica que “los ingresos exentos serán exclusivamente los declarados entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, originados en la actividad de construcción y/o ampliación de viviendas familiares o edificios residenciales desarrollada en la jurisdicción de Chubut”.

CAÍDA DE BENEFICIOS

Asimismo, establece que “la falta de cumplimiento de los requisitos previstos en la presente, así como la falta de veracidad o inexactitud en el contenido de las declaraciones juradas o en los instrumentos alcanzados por los beneficios fiscales, importará la pérdida automática de dichos beneficios, habilitando a la Agencia de Recaudación de Chubut a reclamar su cobro por vía administrativa o judicial, además de aplicar las multas e intereses correspondientes”.

También se indica que “la falta de finalización de la obra dentro del plazo previsto hará perder automáticamente el beneficio”.

La iniciativa legislativa también establece una exención de hasta el 100% en el Impuesto de Sellos para los instrumentos que “se formalicen para la construcción y/o ampliación de viviendas familiares o edificios residenciales en Chubut y que sean celebrados entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive”.

Entre ellos se encuentran “contratos de locación de obra, sus obligaciones accesorias y garantías, sus adendas y redeterminaciones de precios”; “instrumentos mediante los cuales se formalicen aportes de capital, adelantos de pago o acuerdos de cancelación de cuotas”; e “instrumentos mediante los cuales se formalicen préstamos o garantías otorgadas destinados exclusivamente a la financiación de la obra”.

Dicha exención no aplicará sobre cesiones de boletos de compraventa, escrituras de afectación a propiedad horizontal y/o división de condominio, ni escrituras traslativas de dominio.

La autoridad de aplicación será la Agencia de Recaudación Chubut (ARECh)

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